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10 February 2012

Reforma Laboral

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Ayer, el gobierno aprobó el Real Decreto Ley de la reforma Laboral.

Los principales aspectos de la reforma son los siguientes


Nuevas indemnizaciones por despido

  • Si el despido es improcedente y el trabajador es fijo, la empresa le pagará 33 días por año trabajado (hasta ahora era 45) con un máximo de 24 meses (antes era 42).
  • Se respetan los derechos adquiridos de los que ya están trabajando con un contrato. Estos contratos antiguos tendrán derecho a 45 días por año trabajado HASTA la aprobación de la ley. Los años trabajados a partir de la aprobación se pagarán a 33 y el máximo sera de 42 meses.
  • El despido objetivo permite a los empresarios despedir a trabajadores por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción. Hasta ahora, la indemnización por motivos objetivos era de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Esa cifra se mantiene pero aumentan los supuestos de despido objetivo: pérdidas actuales o previstas i disminución persistente (persistente quiere decir tres trimestres consecutivos- de las ventas).
  • Se abre la posibilidad de que los organismos y entidades públicas también puedan despedir por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción para redimensionar sus plantillas.

 

Comentario:

La idea de unas indemnizaciones menores es que los empresarios no contrataban a nuevos trabajadores por miedo a los costes de tener que despedirlos. La reducción del coste de despido puede incentivar a los empresarios a arriesgarse a contratar nuevos trabajadores porque el riesgo de equivocarse es ahora menor. La reducción de la indemnización de 33 a 22 días por año trabajado y la reducción del tope de 42 mensualidades es una reducción de los costes de despido aunque espero que eso no fuera a lo que se refería De Guindos cuando dijo a micrófono cerrado que la reforma sería "extraordinariamente agresiva"!

Me parece particularmente buena la idea de reducir la indemnización en caso de que la empresa vaya mal. Miles de empresas han tenido que cerrar en los últimos años porque era más barato quebrar (o hacer concurso de acreedores) que despedir a trabajadores, cosa que ha agravado la crisis.

Dicho esto, creo que se tendría que legislar con mucha mayor precisión la definición de " la empresa va mal". La magia de la contabilidad creativa y la fungibilidad de los pagos hará que cuando una empresa quiera despedir a gente y pagar solo 20 días, simplemente "fabrique" una reducción contable de ventas o unas pérdidas contables con una total indefensión por parte de los trabajadores. Por otro lado, si no está clara la definición y estimación del concepto, los despidos acabarán en los tribunales y éstos siempre han sido el gran problema del empresario a la hora de ajustar plantillas. Es muy importante que este punto se haga bien porque si no, los empresarios nunca van a poder ajustar plantillas en momento de crisis y este punto será una buena declaración de intenciones que acaba siendo completamente inútil porque nunca se utiliza (los empresarios preferirán, como ha pasado hasta hoy, el despido improcedente que es más caro pero que no comporta ni gastos ni dolores de cabeza judiciales).

Un aspecto que me parece interesante es el de los INCENTIVOS que genera el cambio en el coste de despido cuando la empresa pasas de  no estar en crisis a estar en crisis. Para un trabajador de 15 años de antigüedad que cobra unos 50.000 euros, por ejemplo, el despido improcedente seria de unos 100.000 euros mientras que el despido en caso de que la compañía esté en crisis sería de menos de 45.000 euros. Es decir, que el hecho de entrar en crisis reduciría el importe de la indemnización. Por un lado, los trabajadores tienen incentivos a hacer que la empresa no entre en crisis porque si lo hace, tienen más números a ser despedidos (porque en caso de crisis se necesitan menos trabajadores y porque el coste será inferior). Es decir, alinea un poco más los incentivos de empresarios y trabajadores en la misma dirección. Por otro lado, el coste para el empresario baja radicalmente en caso de crisis, sobre todo el coste de la gente con salarios superiores y de mayor antigüedad. Por lo tanto, el empresario puede llegar a tener incentivos a reducir sus ventas (sobre todo si eso se puede hacer contablemente) durante 3 trimestres para poder despedir a la gente de mayor salario y mayor antigüedad de manera menos costosa. Es decir, la existencia de diferentes tipos de indemnización puede dar lugar a juegos y estrategias que no necesariamente vayan en la dirección de crear empleo y riqueza que es de lo que se trata.

Finalmente, el aspecto de que las empresas públicas también tengan la posibilidad de hacer ajustes de plantillas por motivos técnicos me parece muy positivo: en estos momentos en los que las plantillas del sector público están sobredimensionadas y los presupuestos públicos encorsetados por la crisis, es bueno que las empresas y entidades públicas tengan más flexibilidad.


Cambios de contratos y Nuevos contratos

  • Contrato indefinido para PYMES (empresas de menos de 50 trabajadores). Tendrá una deducción de 3.000 euros para el primer trabajador de menos de 30 años que esté desempleado y el trabajador podrá cobrar el 25% del subsidio de paro y el empleador deducirse el 50% del coste para la empresa.
  • Los jóvenes de menos de 30 años podrán cobrar todo el subsidio de paro de golpe si inician una nueva actividad como autónomos.
  • Se crea un nuevo contrato de formación y aprendizaje hasta los 30 años que estará en vigor hasta que la tasa de paro baje por debajo del 15%.
  • Nuevos subsidios fiscales de 4.500 euros a empresas que contraten a jóvenes y parados de larga duración.
  • Vuelven a prohibirse que se encadenen los contratos temporales sin límite (se elimina así el permiso que había dado el PSOE a que se encadenaran infinitamente contratos temporales).
  • Los trabajadores tienen derecho a 20 horas anuales de formación en los centros de trabajo.

 

Comentario:

El gobierno intenta fomentar el empleo juvenil a base de desgravaciones fiscales a las empresas que los contraten. Mala idea. Si el problema del paro juvenil es que las empresas pagan demasiados impuestos, que los bajen. Subsidiar a las empresas que contraten a jovenes no va a CREAR empleo. Simplemente va a SUBSTITUIR el empleo de adultos por el de jóvenes. El empleo no se crea con subsidios sino con productividad.

En cambio, me parece bien la idea de que los desempleados puedan capitalizar todo el subsidio de paro para formar negocios. Al fin y al cabo, es una deuda que el estado ha contraido con ellos y es lógico que la puedan cobrar de golpe, cosa que facilita la creación de pequeños negocios sobre todo en un momento en que esos jóvenes no tienen acceso fácil al crédito.

En lineas generales, esta es la parte de la reforma que menos me gusta. Yo soy partidario de la simplificación y no de la complicación. Necesitamos menos contratos y más simples y la reforma hace más contratos y más complicados con más subvenciones y excepciones. Y lo que es peor, me parece que la introducción de estos nuevos contratos no eliminará uno de los grandes problemas de la economía española: la DUALIDAD del mercado laboral donde hay unos cuantos con trabajo fijo superprotegido y otros (normalmente más jóvenes) que están con contratos precarios o directamente en el paro.

NOTA ADICIONAL: Un apunte muy interesante que me hace mi ex estudiante de la UPF (y brillante economista) Vicenç Aparicio es que la obsesión por el fomento, subsidio y cuidado de las PYMES es desmedido (seguramente debido al lobby que representan y a la presión política que hacen) y puede ser contraproducente. Y es que, según los estudios de Pol Antràs (otro ex estudiante mío de la UPF y otro brillante economista) la mayor parte de las exportaciones españolas las hacen unas pocas grandes empresas. Y a veces, en un mismo sector las grandes empresas exportan y las PYMEs no. Eso quiere decir que las PYMES son menos eficientes. Dar subsidios y trato especial a esas PYMEs es tratar injustamente a las empresas que sí lo hacen bien. Pero es que además, ese proteccionismo las desincentiva a ser más eficientes y productivas. Es decir, el hecho de que las PYMES, en general, sean menos productivas que las grandes empresas puede ser el resultado de tanto subsidio y tanta protección. En este sentido, esta parte de la reforma iría en la dirección equivocada.

Convenios

  • Se da prioridad a los convenios de empresa independientemente de lo que pacten los convenios de nivel superior. Los trabajadores y las empresas podrán pactar modifica la jornada laboral, el salario, los incentivos, el sistema de evaluación, el horario, etc. con el objetivo de flexibilizar la actividad empresarial y hacer que el despido o el cierre sea el último recurso.
  • Se elimina la “ultraactividad”. Hasta ahora había cláusulas que hacían que si las partes (trabajadores y empresarios) no se ponían de acuerdo, el anterior convenio se prorrogaba de indefinidamente. Este fenómeno, conocido como “ultraactividad” no daba muchos incentivos a llegar a acuerdos. Pues bien, el decreto ley limita la prórroga a dos años.
  • Se elimina el requisito de autorización administrativa previa al ERE, cosa que facilitará los expedientes de regulación de empleo.

 

Comentario:

Uno de los grandes problemas que tiene la economía española es que los convenios colectivos aplican “la misma talla para todas las empresas” independientemente de sus condiciones particulares y de la productividad de sus trabajadores. Puede ser que una empresa particular (un banco X) esté mal en un momento que el resto de los bancos van bien y sea necesario aplicar condiciones laborales distintas y específicas para ese banco particular. La inflexibilidad del convenio de banca lo impedía. Puede ser que una región particular tenga una productividad inferior a la del resto de España. Si un convenio obliga a todas las empresas a pagar los mismos salarios, las empresas situadas en las regiones menos productivas perderán dinero, serán obligadas a cerrar y aumentará la tasa de paro. Por eso, la flexibilización de los convenios es un paso en la buena dirección.

La eliminación de la prórroga automática también es una buena idea porque la prórroga automática incentiva a los sindicatos a no negociar cuando las circunstancias empeoran (como ha pasado desde el 2007) porque se van prorrogando automáticamente las condiciones que se pactaron cuando las cosas iban bien.


Indemnizaciones a Directivos

  • Los directivos de BANCA que sean sancionados por mala gestión no tendrán derecho a ninguna indemnización.
  • Los directivos de empresas públicas que cesen y vuelvan a su antiguo puesto en la administración, NO tendrán indemnizaciones. Los que no vuelvan a la administración, tendrán indemnización de 7 días por año trabajado.

 

Comentario:

Me parecen muy bien estas medidas. Ya dije cuando se propuso la ley de reforma del sistema financiero que los salarios de los directivos de Bancos en quiebra no debería limitarse a 300.000 o 600.000 euros anuales sino a CERO. Es decir, deberían ser despedidos sin indemnización. Bravo para el gobierno por llevarlo a cabo. También me parece razonable que los directivos del sector público que simplemente cambian de trabajo no cobren indemnización alguna.

Lo que no me acaba de cuadrar es que estas dos medidas estén metidas en una ley de reforma del mercado laboral, cuando no tiene que ver con el mercado laboral. Creo que el gobierno lo ha puesto aquí para calmar los ánimos de los trabajadores lo que convierte a estas dos medidas (que, insisto, son deseables pero que no son laborales) en populistas.


Lucha contra el fraude y el absentismo

  • Se impulsará que los que cobren del paro, presten servicios de interés general en beneficio de la comunidad
  • El absentismo de un trabajador no se calculará en relación al resto de la plantilla sino en términos absolutos.
  • Se incorporarán nuevas medidas (en una ley de mutuas que pronto se presentará)  para evaluar mejor la incapacidad temporal.

 

Comentario:

Es imperativo que se luche contra el fraude. Miles de parados realizan trabajos a destajo y miles de trabajadores abusan constantemente de sus empresas disfrazando ausencia laboral con enfermedades no documentadas. Por lo tanto, cualquier medida que luche contra ese tipo de fraude es una buena idea. Es bueno que se haga “fichar” diariamente a los parados para que demuestren que no realizan trabajos a destajo y es bueno que se impongan controles para evitar el abuso en las bajas laborales por enfermedad.

No me parece bien, sin embargo, lo de realizar trabajos de interés general. Si el gobierno tiene trabajos de interés general que se deben realizar, que contrate a trabajadores normales y que no utilice a los parados para que hagan de esclavos. Y si esos trabajos no existen, pues que no se obligue a los parados a realizar tareas inútiles. Sería mucho mejor obligar a los parados a reciclarse y ligar el subsidio de paro a la asistencia a clases o algún tipo de formación


ETT

  • Colaboración del INEM con las ETT porque, según el gobierno, el INEM solo coloca al 3% de los parados.

 

Comentario:

Que el INEM solo coloque al 3% de los parados es una nueva demostración de la ineficacia del estado a la hora de llevar a cabo ciertas tareas.

 

Conclusión

Los aspectos básicos de la reforma laboral son positivas. Es bueno que haya reformas y que se prueben cosas nuevas aunque el gobierno debería estar vigilando y dispuesto a cambiar las cosas si no funcionan. Nadie sabe cómo debe ser el mercado laboral español. Lo único que sabemos es que el sistema actual no funciona y hay que probar nuevas medidas, nuevos contratos, nuevas maneras de eliminar a los que abusan y nuevas maneras de que trabajadores y empresarios negocien. En este sentido, quizá esta no sea la ley perfecta (y, de hecho, hay bastantes aspectos que dejan mucho que desear, como he apuntado en esta nota), pero es una ley que seguro que mejorará la insostenible situación actual. Por lo tanto, bienvenida sea.

 

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INTRODUCTORY NOTE

Starting January 30, 2012, I decided to put the random (economic) thoughts that I was posting on Facebook, in a blog. In this site you will be able to read all Facebook notes going back to 2008, (without my Friend’s comments, unfortunately), but we will only maintain the new thoughts. If you want to check out the old comments, they are still posted on Facebook. If you want to comment on them, you have two options (1) Become a Facebook Subscriber. Since all the posts will also appear in Facebook, you will be able to comment there. (2) Comment on Twitter, as each post will also be announced in Twitter.

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